Complementa las reglas sobre la resaca o letra de recambio, detallando los requisitos y accesorios que puede contener.
El tenedor de una letra protestada puede resarcirse girando una nueva letra (resaca) a la vista contra cualquiera de los obligados de regreso.
1. Importe de la letra no pagada
2. Intereses moratorios desde el vencimiento
3. Gastos del protesto y de la cobranza
4. Derecho de comision conforme a los usos
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La resaca es un mecanismo poco utilizado en la practica pero relevante en operaciones de comercio internacional. Permite al tenedor recuperar el importe de la letra mas todos los gastos asociados mediante un nuevo giro. Para empresas exportadoras, es una herramienta adicional de cobro que conviene conocer.
Art. 97. Recambio y resaca
Regula la resaca o letra de recambio, que puede girar el tenedor para resarcirse del importe de la letra protestada.
Art. 102. Caducidad de la accion cambiaria en la letra
Enumera los supuestos de caducidad de la accion cambiaria de regreso en la letra de cambio por falta de presentacion o protesto.
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Art. 102. Caducidad de la accion cambiaria en la letra
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Art. 104. Acciones extracambiarias
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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