LGTOC

Artículo 243. Novacion en operaciones de credito

Regula la novacion como forma de extincion de obligaciones derivadas de operaciones de credito.

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Texto Legal

Articulo 243 — Novacion

La novacion se verifica cuando las partes sustituyen una obligacion anterior por una nueva.

Efectos

1. La obligacion anterior se extingue
2. Las garantias de la obligacion anterior no pasan a la nueva, salvo pacto expreso
3. La novacion debe ser expresa; no se presume

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La novacion es frecuente en reestructuraciones de credito donde se sustituyen las condiciones originales. Es critico que las empresas verifiquen si las garantias de la obligacion anterior se trasladan a la nueva, pues sin pacto expreso estas se extinguen, dejando al acreedor desprotegido.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 243 del LGTOC?

Regula la novacion como forma de extincion de obligaciones derivadas de operaciones de credito.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 243 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: La novacion es frecuente en reestructuraciones de credito donde se sustituyen las condiciones originales. Es critico que las empresas verifiquen si las garantias de la obligacion anterior se trasladan a la nueva, pues sin pacto expreso estas se extinguen, dejando al acreedor desprotegido.

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