LGTOC

Artículo 306. Derechos del beneficiario de la carta

Establece los derechos del beneficiario de la carta de credito.

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Texto Legal

Articulo 306 — Derechos del Beneficiario

El beneficiario de la carta de credito tiene derecho a:

Derechos

1. Cobrar las cantidades previstas presentando los documentos requeridos
2. Exigir el cumplimiento de la carta al dador y, en su caso, al confirmante
3. Ceder sus derechos a un tercero si la carta lo permite (carta transferible)

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: El derecho de cesion en cartas transferibles es particularmente relevante para intermediarios comerciales y empresas de trading que necesitan ceder la carta a sus propios proveedores. Asesoramos a nuestros clientes sobre como estructurar la transferibilidad para maximizar la flexibilidad operativa sin perder las garantias de cobro.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 306 del LGTOC?

Establece los derechos del beneficiario de la carta de credito.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 306 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: El derecho de cesion en cartas transferibles es particularmente relevante para intermediarios comerciales y empresas de trading que necesitan ceder la carta a sus propios proveedores. Asesoramos a nuestros clientes sobre como estructurar la transferibilidad para maximizar la flexibilidad operativa sin perder las garantias de cobro.

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