Establece los derechos del beneficiario de la carta de credito.
El beneficiario de la carta de credito tiene derecho a:
1. Cobrar las cantidades previstas presentando los documentos requeridos
2. Exigir el cumplimiento de la carta al dador y, en su caso, al confirmante
3. Ceder sus derechos a un tercero si la carta lo permite (carta transferible)
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El derecho de cesion en cartas transferibles es particularmente relevante para intermediarios comerciales y empresas de trading que necesitan ceder la carta a sus propios proveedores. Asesoramos a nuestros clientes sobre como estructurar la transferibilidad para maximizar la flexibilidad operativa sin perder las garantias de cobro.
Art. 302. De la carta de credito - definicion
Define la carta de credito como el documento por el cual el dador se dirige a un destinatario obligandose a pagar al beneficiario una suma de dinero.
Art. 305. Obligaciones del dador de la carta
Establece las obligaciones del dador de la carta de credito frente al beneficiario y al destinatario.
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Art. 305. Obligaciones del dador de la carta
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Art. 307. Presentacion de documentos en la carta de credito
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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