LGTOC

Artículo 369. Disposiciones supletorias de la prenda

Establece las disposiciones supletorias aplicables a la prenda mercantil.

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Texto Legal

Articulo 369 — Supletoriedad

En lo no previsto para la prenda, se aplican las disposiciones generales de esta ley y, supletoriamente, las del Codigo Civil Federal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La aplicacion supletoria del Codigo Civil Federal amplia significativamente el marco normativo de la prenda mercantil. Las disposiciones civiles sobre prenda complementan aspectos no regulados por la LGTOC, como ciertas obligaciones de custodia y reglas de venta. Es importante que las empresas y sus asesores consideren ambos cuerpos legales al estructurar garantias prendarias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 369 del LGTOC?

Establece las disposiciones supletorias aplicables a la prenda mercantil.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 369 de la Titulos y Operaciones de Credito?

SDV Asesores: La aplicacion supletoria del Codigo Civil Federal amplia significativamente el marco normativo de la prenda mercantil. Las disposiciones civiles sobre prenda complementan aspectos no regulados por la LGTOC, como ciertas obligaciones de custodia y reglas de venta. Es importante que las empresas y sus asesores consideren ambos cuerpos legales al estructurar garantias prendarias.

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