Establece las formas de vencimiento de los titulos de credito: a la vista, a cierto tiempo vista, a cierto tiempo de la fecha y a dia fijo.
Los titulos de credito pueden tener los siguientes tipos de vencimiento:
1. A la vista: Vence al ser presentado para su cobro
2. A cierto tiempo vista: Vence al transcurrir el plazo indicado desde la fecha de presentacion para su aceptacion
3. A cierto tiempo de la fecha: Vence al transcurrir el plazo indicado desde la fecha de emision del titulo
4. A dia fijo: Vence en la fecha determinada que se indica en el titulo
El titulo que no indique forma de vencimiento se considerara pagadero a la vista.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La eleccion del tipo de vencimiento tiene consecuencias practicas importantes. El vencimiento a la vista da flexibilidad al acreedor para exigir el pago cuando lo desee, mientras que el vencimiento a dia fijo brinda certeza a ambas partes. En creditos comerciales, recomendamos vencimientos a dia fijo que coincidan con los ciclos de flujo de efectivo del deudor para maximizar la probabilidad de cobro.
Art. 41. Intereses en titulos de credito
Regula los intereses pactados en titulos de credito, estableciendo que solo pueden estipularse en titulos pagaderos a la vista o a cierto tiempo vista.
Art. 43. Lugar de pago del titulo
Establece las reglas para determinar el lugar donde debe pagarse el titulo de credito, incluyendo presunciones legales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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