Las estructuras de gobierno varían según la jurisdicción y el tipo de entidad de que se
trate, reflejando las diversas influencias existentes, tales como diferentes entornos
culturales y normativos, y las características de dimensión y propiedad. Por ejemplo:
• En algunas jurisdicciones existe un consejo de supervisión (total o mayoritariamente
no ejecutivo) separado legalmente del consejo ejecutivo (de dirección) (una
estructura de ”doble consejo”). En otras jurisdicciones, un solo consejo (una
estructura de “consejo único”) tiene la responsabilidad tanto de las funciones de
supervisión como de las funciones ejecutivas.
• En algunas entidades, los responsables del gobierno de la entidad ocupan puestos
que son parte integrante de la estructura legal de una entidad, como, por ejemplo,
puestos de administradores. En otras, por ejemplo en algunas entidades públicas, la
labor de gobierno se ejerce por un órgano que no forma parte de la entidad.
• En algunos casos, la totalidad o parte de los responsables del gobierno de la entidad
participan en la dirección de la entidad. En otros, los responsables del gobierno de la
entidad y la dirección son personas diferentes.
• En algunos casos, los responsables del gobierno de la entidad tienen la
responsabilidad de aprobar3 los estados financieros de la entidad (en otros casos, es
la dirección la que tiene esta responsabilidad).
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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