En la obtención de evidencia de conformidad con el apartado 13, el auditor tendrá en
cuenta la información procedente de: (Ref: Apartados A37-A38)
(a) los procedimientos del auditor relativos a la aceptación o continuidad de las
relaciones con el cliente o del encargo de auditoría y,
(b) en su caso, otros encargos realizados por el socio del encargo para la entidad.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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