NIA-ES 315

Artículo 22. NIA-ES 315 — Párrafo 22

Texto Legal

El auditor obtendrá conocimiento del proceso de valoración del riesgo por la entidad que
sea relevante para la preparación de los estados financieros mediante la aplicación de
procedimientos de valoración del riesgo a través de:

9 NIA-ES 315 (REVISADA 2019)
IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DEL RIESGO DE INCORRECCIÓN MATERIAL

(a) el conocimiento del proceso de la y
entidad para: (Ref: Apartados (b) la evaluación de si el proceso de
A109‒A110) valoración del riesgo por la entidad
(i) la identificación de los riesgos es adecuado a las circunstancias de
de negocio relevantes para los la entidad teniendo en cuenta la
objetivos de la información naturaleza y complejidad de esta.
financiera; (Ref: Apartado (Ref: Apartados A111‒A113)
A62)
(ii) la evaluación de la
significatividad de dichos
riesgos, incluida la
probabilidad de ocurrencia y
(iii) la respuesta a dichos riesgos;

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 22 del NIA-ES 315?

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