NIA-ES 315

Artículo A128. NIA-ES 315 — Párrafo A128

Texto Legal

En la obtención de conocimiento del modo en que la información relativa a los tipos de
transacciones, saldos contables e información a revelar significativos entra, fluye y sale
del sistema de información de la entidad, es posible que el auditor identifique también
controles en el componente de actividades de control que deben ser identificados de
conformidad con el apartado 26(a). En la identificación y evaluación de controles en el
componente de actividades de control al diseñar la naturaleza, el momento de realización
y la extensión de los procedimientos sustantivos, el auditor se puede centrar en primer
lugar en los controles sobre asientos en el diario y en los controles cuya eficacia operativa
tiene previsto comprobar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo A128 del NIA-ES 315?

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