NIA-ES 315

Artículo A80. NIA-ES 315 — Párrafo A80

Texto Legal

La medición y revisión del resultado financiero no es lo mismo que el seguimiento del
sistema de control interno (que se trata como componente del sistema de control interno
en los apartados A114-A122), aunque sus propósitos se pueden solapar:
• La medición y revisión del resultado financiero tiene como finalidad comprobar si los
resultados de la entidad cumplen los objetivos fijados por la dirección (o por
terceros).
• Por el contrario, el seguimiento del sistema de control interno se ocupa de hacer un
seguimiento de la eficacia de los controles incluidos los que están relacionados con
la medición y revisión por la dirección de los resultados financieros.
Sin embargo, en algunos casos, los indicadores de resultados pueden proporcionar
también información que permite a la dirección identificar deficiencias de control.
Consideraciones específicas para entidades del sector público

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo A80 del NIA-ES 315?

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