NIC 19

Artículo 50. 50

Texto Legal

50
La contabilización, por parte de la entidad, de los planes de beneficios definidos,
supone los siguientes pasos:
(a)

utilizar técnicas actuariales para hacer una estimación fiable del importe de los
beneficios que los empleados han acumulado (o devengado) en razón de los
servicios que han prestado en el periodo corriente y en los anteriores. Este
cálculo requiere que la entidad determine la cuantía de los beneficios que
resultan atribuibles al periodo corriente y a los anteriores (véanse los párrafos
67 a 71), y que realice las estimaciones pertinentes (suposiciones actuariales)
respecto a las variables demográficas (tales como rotación de los empleados y
mortalidad) y financieras (tales como incrementos futuros en los salarios y en
los costos de asistencia médica) que influyen en el costo de los beneficios a
suministrar (véanse los párrafos 72 a 91);

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Preguntas Frecuentes

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