NIC 36

Artículo 1705. 1705

Texto Legal

1705
NIC 36
obligaría a determinar el importe recuperable del activo o, en el caso de la plusvalía a
comprobar el deterioro del valor de acuerdo con los párrafos 80 a 99.
14

La evidencia obtenida a través de informes internos, que indique un deterioro del
valor del activo, incluye la existencia de:
(a)

flujos de efectivo para adquirir el activo, o necesidades posteriores de efectivo
para operar con él o mantenerlo, que son significativamente mayores a los
presupuestados inicialmente;

(b)

flujos netos de efectivo reales, o resultados, derivados de la operación del
activo, que son significativamente peores a los presupuestados;

(c)

una disminución significativa de los flujos de efectivo netos o de la ganancia
de operación presupuestada, o un incremento significativo de las pérdidas
originalmente presupuestadas procedentes del activo; o

(d)

pérdidas de operación o flujos netos negativos de efectivo para el activo,
cuando las cifras del periodo corriente se suman a las presupuestadas para el
futuro.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1705 del NIC 36?

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