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NIC 37
de realizar esos desembolsos, y por tanto no reconocerá provisión alguna para los
mismos.
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Una obligación reconocida como pasivo implica, en todos los casos, la existencia de
un tercero con el que se ha contraído la misma, y al que se le debe satisfacer el
importe. No obstante, no es preciso conocer la identidad del tercero al que se le debe
pagar, puesto que la obligación puede muy bien ser incluso con el público en general.
Puesto que la obligación siempre implica un compromiso contraído con un tercero,
cualquier decisión de la dirección o del órgano de administración de la entidad, no
dará lugar a una obligación implícita, al final del periodo sobre el que se informa, a
menos que tal decisión haya sido comunicada antes de esa fecha, a los afectados, de
una manera suficientemente explícita como para crear una expectativa válida ante
aquéllos terceros con los que debe cumplir sus compromisos o responsabilidades.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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