NIC 37

Artículo 45. Valor presente

Texto Legal

Valor presente
45
Cuando resulte importante el efecto financiero producido por el descuento, el
importe de la provisión debe ser el valor presente de los desembolsos que se
espera sean necesarios para cancelar la obligación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 45 del NIC 37?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 45 del NIC 37?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 45 NIC 37 desde tu celular