NIC 37

Artículo 46. 46

Texto Legal

46
Debido al valor temporal del dinero, una provisión que se refiere a salidas de efectivo
cercanas al final del periodo sobre el que se informa, resulta más onerosa para la
entidad que otra referida a salidas por igual importe pero fechas más lejanas. El
importe de las provisiones, por tanto, será objeto de descuento cuando el efecto de
hacerlo resulte significativo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 46 del NIC 37?

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