NIC 37

Artículo 78. 78

Texto Legal

78
No surge ningún tipo de obligación para la entidad por causa de la venta de una
de sus operaciones, hasta que la entidad se ha comprometido en vender, es decir,
hasta que exista un compromiso firme de venta.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 78 del NIC 37?

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