NIC 40

Artículo 18. 18

Texto Legal

18
De acuerdo con el criterio de reconocimiento contenido en el párrafo 16, la entidad
no reconocerá, en el importe en libros de una propiedad de inversión, los costos
derivados del mantenimiento diario del elemento. Tales costos se reconocerán en el
resultado cuando se incurra en ellos. Los costos del mantenimiento diario son
principalmente los costos de mano de obra y los consumibles, que pueden incluir el
costo de pequeños componentes. El objetivo de estos desembolsos se describe a
menudo como “reparaciones y conservación” de la propiedad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 18 del NIC 40?

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