NIC 40

Artículo 32B. 32B

Texto Legal

32B
(a)

escoger el modelo de valor razonable o el modelo del costo para todas las
propiedades de inversión que respaldan obligaciones de pagar un retorno
vinculado directamente con el valor razonable o con los retornos
provenientes de activos especificados, incluyendo esa propiedad para
inversión; y

(b)

escoger el modelo de valor razonable o el modelo del costo para todas las
otras propiedades para inversión, independiente de la elección realizada
en (a).

Algunos aseguradores y otras entidades operan un fondo de propiedad interna que
emite unidades nominales, con algunas entidades tenidas por los inversionistas en
contratos vinculados y otras tenidas por la entidad. El párrafo 32A no permite que

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 32B del NIC 40?

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