NIIF 3

Artículo 29. 29 La adquirente medirá el valor de un derecho readquirido reconocido como un activo intangible basándose

Texto Legal

29 La adquirente medirá el valor de un derecho readquirido reconocido como un activo intangible basándose
en el término contractual restante del contrato relacionado, independientemente de si los participantes del
mercado considerarían renovaciones contractuales potenciales para medir el valor razonable. Los párrafos
B35 y B36 proporcionan guías de aplicación al respecto.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 29 del NIIF 3?

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