B46 Para medir la plusvalía o una ganancia por una compra en condiciones muy ventajosas (véanse los párrafos
32 a 34) en una combinación de negocios llevada a cabo sin la transferencia de una contraprestación, la
adquirente debe sustituir el valor razonable en la fecha de la adquisición de su participación en la adquirida
por el valor razonable en la fecha de la adquisición de la contraprestación transferida.
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Consideraciones especiales en la aplicación del método de la
adquisición a combinaciones de entidades mutualistas (aplicación
del párrafo 33)
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Art. B44. B44 Esta NIIF permite que la adquirente mida una participación no controladora en una adquirida por su valor
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Art. B47. B47 Cuando se combinan dos entidades mutualistas, el valor razonable del patrimonio o de las participaciones
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