6.5.13 Las coberturas de una inversión neta en un negocio en el extranjero, incluyendo la cobertura de una
partida monetaria que se contabilice como parte de una inversión neta (véase la NIC 21), se
contabilizarán de manera similar a las coberturas de flujo de efectivo:
(a) la parte de la ganancia o pérdida en el instrumento de cobertura que se considera que es
una cobertura efectiva se reconocerá en otro resultado integral (véase el párrafo 6.5.11); y
(b) la parte ineficaz se reconocerá en el resultado del periodo.
6.5.14 La ganancia o pérdida acumulada del instrumento de cobertura relacionado con la parte eficaz de la
cobertura que ha sido acumulada en la reserva de conversión de moneda extranjera, se reclasificará
del patrimonio al resultado del periodo como un ajuste por reclasificación (véase la NIC 1) de
acuerdo con los párrafos 48 y 49 de la NIC 21 en el momento de la disposición o disposición parcial
del negocio en el extranjero.
©
24 IFRS Foundation
NIIF 9
Contabilización del valor temporal de las opciones
Anterior
Art. 6.5.11. 6.5.11 En la medida en que una cobertura de flujos de efectivo cumpla con los criterios requeridos conforme
Siguiente
Art. 6.5.15. 6.5.15 Cuando una entidad separa el valor intrínseco y el valor temporal de un contrato de opciones y designa
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo