NIIF 9

Artículo B5.4.1. B5.4.1 Al aplicar el método del interés efectivo, una entidad identificará las comisiones que sean parte integral de

Texto Legal

B5.4.1 Al aplicar el método del interés efectivo, una entidad identificará las comisiones que sean parte integral de
la tasa de interés efectiva de un instrumento financiero. La descripción de las comisiones por servicios
financieros puede no ser indicativa de la naturaleza y sustancia del servicio prestado. Las comisiones que
son parte integral de la tasa de interés efectiva de un instrumento financiero se tratan como un ajuste a la
tasa de interés efectiva, a menos que el instrumento financiero se mida a valor razonable, reconociendo los
cambios en el valor razonable en el resultado del periodo. En esos casos, las comisiones se reconocerán
como ingreso de actividades ordinarias o como gasto cuando el instrumento se reconozca inicialmente.
B5.4.2 Las comisiones que son una parte integrante de la tasa de interés efectiva de un instrumento financiero
incluyen:
(a) Las comisiones por iniciación recibidas por la entidad relacionadas con la creación o adquisición
de un activo financiero. Estas comisiones pueden incluir compensaciones por actividades tales
como la evaluación de la situación financiera del prestatario, evaluación y registro de garantías,
garantías colaterales y otros acuerdos de garantía, negociación de los términos del instrumento,
preparación y proceso de documentos y el cierre de la transacción. Estas comisiones son una parte
integrante de una relación con el instrumento financiero resultante.
(b) Las comisiones de compromiso recibidas por la entidad para iniciar un préstamo cuando el
compromiso de préstamo no se mide de acuerdo con el párrafo 4.2.1(a) y es probable que la
entidad realice un acuerdo de préstamo específico. Estas comisiones se consideran como la
compensación por una implicación continuada con la adquisición de un instrumento financiero. Si
el compromiso expira sin que la entidad realice el préstamo, la comisión se reconocerá como un
ingreso de actividades ordinarias en el momento de la expiración.
(c) Las comisiones por iniciación pagadas en la emisión de pasivos financieros medidos al costo
amortizado. Estas comisiones son una parte integrante de la relación que se genera con un pasivo
financiero. Una entidad distinguirá entre las comisiones y costos que son parte integrante de la
tasa de interés efectiva para el pasivo financiero y las que procedan de las comisiones de creación
o apertura y los costos de transacción relacionados con el derecho a proporcionar servicios, tales
como los servicios de gestión de inversiones.
B5.4.3 Entre las comisiones que no son una parte integrante de la tasa de interés efectiva de un instrumento
financiero y se contabilizan de acuerdo con la NIIF 15, se incluyen:
(a) Comisiones cargadas por el servicio de préstamo;
(b) comisiones de compromiso para iniciar un préstamo cuando el compromiso de préstamo no se
mide de acuerdo con el párrafo 4.2.1(a) y es improbable que la entidad realice un acuerdo de
préstamo específico; y
(c) comisiones de sindicación de préstamos recibidas por una entidad que interviene para conseguir
el préstamo, pero no retiene una parte del préstamo para sí (o retiene una parte a la misma tasa de
interés efectiva, tomando un riesgo comparable al de los otros participantes).
B5.4.4 Al aplicar el método del interés efectivo, una entidad amortizará generalmente cualquier comisión, puntos
básicos pagados o recibidos, costos de transacción y otras primas o descuentos que estén incluidos en el
cálculo de la tasa de interés efectiva, a lo largo de la vida esperada del instrumento financiero. Sin embargo,
utilizará un periodo más corto cuando las comisiones, puntos básicos pagados o recibidos, costos de
transacción, primas o descuentos se refieran a él. Éste sería el caso cuando la variable con la que se
relacionan las comisiones, los puntos básicos pagados o recibidos, los costos de transacción, y los

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descuentos o primas sea ajustada a las tasas del mercado antes del vencimiento esperado del instrumento
financiero. En este caso, el periodo de amortización adecuado es el periodo hasta la siguiente fecha de
ajuste. Por ejemplo, si una prima o descuento sobre un instrumento financiero a tasa variable refleja el
interés acumulado (devengado) en ese instrumento financiero desde el pago del último interés, o los
cambios en las tasas de mercado desde que la tasa de interés variable fue restablecida según las tasas de
mercado, será amortizado hasta la próxima fecha en que el interés variable se vuelva a restablecer a las tasas
de mercado. Esto es así porque la prima o descuento tiene relación con el periodo que transcurre hasta la
próxima fecha de revisión, puesto que en esa fecha, la variable que se relaciona con la prima o descuento
(es decir, la tasa de interés) se revisa para adecuarla a las tasas de mercado. Si, sin embargo, la prima o
descuento procede de un cambio en el diferencial crediticio sobre la tasa variable especificada en el
instrumento financiero, o de otras variables que no se restablecen a las tasas de mercado, se amortizará a lo
largo de la vida esperada del instrumento financiero.
B5.4.5 Para activos financieros de tasa variable y pasivos financieros de tasa variable, la reestimación periódica de
los flujos de efectivo para reflejar movimientos en las tasas de mercado de interés altera la tasa de interés
efectiva. Si un activo financiero de tasa variable o un pasivo financiero de tasa variable se reconoce
inicialmente por un importe igual al principal por cobrar o por pagar al vencimiento, la reestimación de los
pagos por intereses futuros no tiene, normalmente, ningún efecto significativo en el importe en libros del
activo o pasivo.
B5.4.6 Si una entidad revisa sus estimaciones de pagos o cobros (excluidas las modificaciones de acuerdo con el
párrafo 5.4.3 y cambios en las estimaciones de las pérdidas crediticias esperadas), ajustará el importe en
libros bruto del activo financiero o costo amortizado de un pasivo financiero (o grupo de instrumentos
financieros) para reflejar los flujos de efectivo contractuales estimados revisados. La entidad recalculará el
importe en libros bruto del activo financiero o costo amortizado del pasivo financiero como el valor
presente de los flujos de efectivo contractuales estimados que se descuentan a la tasa de interés efectiva
original del instrumento financiero (o tasa de interés efectiva ajustada por calidad crediticia para activos
financieros con deterioro crediticio comprados u originados) o, cuando proceda, la tasa de interés efectiva
revisada calculada de acuerdo con el párrafo 6.5.10. El ajuste se reconoce en el resultado del periodo como
un ingreso o como un gasto.
B5.4.7 En algunos casos, un activo financiero se considera que tiene deteriorado el crédito en el momento del
reconocimiento inicial porque el riesgo crediticio es muy alto, y en el caso de una compra porque se
adquiere con un descuento importante. Se requiere que una entidad incluya las pérdidas crediticias
esperadas iniciales en los flujos de efectivo estimados al calcular la tasa de interés efectiva ajustada según el
crédito para activos financieros que se consideran comprados u originados con el crédito deteriorado en el
momento del reconocimiento inicial. Sin embargo, esto no significa que la tasa de interés efectiva ajustada
por calidad crediticia deba aplicarse solo porque el activo financiero tiene riesgo crediticio alto en el
momento del reconocimiento inicial.

Costos de transacción

Preguntas Frecuentes

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