Establece el monto y la distribucion de las participaciones federales a entidades federativas y municipios para 2026 (Ramo 28). Define las formulas de distribucion, los calendarios de pago, las participaciones en impuestos especificos y los mecanismos de compensacion y ajuste trimestral.
Las participaciones federales para el ejercicio 2026 ascienden a $1,180,000 millones de pesos, distribuidas conforme a las formulas de la Ley de Coordinacion Fiscal.
| Fondo | Monto (mdp) | Participacion |
|---|---|---|
| Fondo General de Participaciones (FGP) | 825,000 | 69.9% |
| Fondo de Fomento Municipal (FFM) | 42,000 | 3.6% |
| Impuesto Especial sobre Produccion y Servicios (IEPS) | 65,000 | 5.5% |
| Fondo de Fiscalizacion y Recaudacion (FFR) | 52,000 | 4.4% |
| Fondo de Compensacion | 18,000 | 1.5% |
| Fondo de Extraccion de Hidrocarburos | 12,000 | 1.0% |
| Participaciones especificas en ISR | 85,000 | 7.2% |
| Otros fondos | 81,000 | 6.9% |
| **Total Ramo 28** | **1,180,000** | **100%** |
| Entidad federativa | Participacion estimada (mdp) |
|---|---|
| Estado de Mexico | 142,000 |
| Ciudad de Mexico | 128,000 |
| Nuevo Leon | 82,000 |
| Jalisco | 78,000 |
| Veracruz | 65,000 |
| Guanajuato | 58,000 |
| Chihuahua | 48,000 |
| Puebla | 45,000 |
| Tabasco | 38,000 |
| Coahuila | 35,000 |
Las participaciones se pagaran mensualmente dentro de los primeros 25 dias naturales de cada mes. Los ajustes trimestrales se realizaran en funcion de la Recaudacion Federal Participable (RFP) efectiva, pudiendo generar reintegros o compensaciones.
El 3.17% de la recaudacion federal participable del ISR se distribuira entre las entidades federativas en proporcion directa al numero de trabajadores registrados en cada entidad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las participaciones del Ramo 28 son recursos de libre disposicion para los estados, lo que las convierte en la principal fuente de ingresos de muchos gobiernos estatales. La formula del FGP (que considera poblacion, crecimiento del PIB estatal y recaudacion local) incentiva a los estados a mejorar su propia recaudacion. Para las empresas, la salud financiera de los estados donde operan depende en gran medida de estas participaciones, lo que afecta la capacidad de pago del sector publico estatal.
Art. 4. Gasto no programable y participaciones federales
Establece los componentes del gasto no programable para el ejercicio fiscal 2026, incluyendo las participaciones a entidades federativas, el costo financiero de la deuda publica, los adeudos de ejercicios fiscales anteriores (ADEFAS) y las aportaciones federales para entidades federativas y municipios.
Art. 30. Disciplina financiera de entidades federativas
Establece las reglas de disciplina financiera aplicables a la deuda de las entidades federativas y municipios conforme a la Ley de Disciplina Financiera. Define los mecanismos de vigilancia, los limites de endeudamiento subnacional y las consecuencias por incumplimiento del marco de disciplina.
Art. 32. Aportaciones federales a entidades federativas (Ramo 33)
Define el monto y distribucion de las aportaciones federales (Ramo 33) para 2026. Detalla los ocho fondos de aportaciones: FAEB, FASSA, FAIS, FORTAMUN, FAM, FAETA, FASP y FAFEF, asi como las reglas de uso y fiscalizacion de estos recursos etiquetados.
Art. 33. Convenios de descentralizacion y reasignacion
Regula los convenios de descentralizacion, reasignacion y coordinacion entre el Gobierno Federal y las entidades federativas para el ejercicio 2026. Establece los mecanismos de transferencia de recursos adicionales a los Ramos 28 y 33, las condiciones para su ejercicio y los requisitos de transparencia.
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