Reg_Diputados

Artículo 121. Moción para rectificar hechos

Este artículo establece el procedimiento para que un diputado aclare o corrija información expuesta por otro en tribuna. La moción solo puede ser solicitada una vez por tema y requiere autorización del Presidente.

mocionrectificacionprocedimiento legislativo

Texto Legal

1. La moción para rectificar hechos procede cuando una diputada o un diputado que no esté inscrito en la lista de los oradores solicite el uso de la palabra, para aclarar, corregir o ampliar la información expuesta en tribuna por otra diputada o diputado que haya participado en la discusión.

2. Cuando el Presidente lo autorice, la diputada o el diputado solicitante podrá hacer uso de la palabra al término de la lista de oradores. El diputado que rectifique hechos, lo hará por una sola ocasión, en el tema que se discuta.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los diputados conozcan este procedimiento para asegurar la precisión en las discusiones. La correcta utilización de esta moción puede contribuir a un debate más informado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 121 del Reg_Diputados?

Este artículo establece el procedimiento para que un diputado aclare o corrija información expuesta por otro en tribuna. La moción solo puede ser solicitada una vez por tema y requiere autorización del Presidente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 121 de la REGLAMENTO de la Cámara de Diputados?

[IA] Es importante que los diputados conozcan este procedimiento para asegurar la precisión en las discusiones. La correcta utilización de esta moción puede contribuir a un debate más informado.

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