El formato de las comparecencias será acordado por la Junta Directiva y debe reflejar criterios de proporcionalidad. Esto garantiza un proceso equitativo en la participación de los diputados durante las comparecencias.
1. El formato de las Comparecencias, será acordado por la Junta Directiva y sometido a votación del Pleno de la Comisión.
2. La Junta Directiva procederá a informar a la Junta y a la Mesa Directiva del formato convenido, que reflejará el criterio de proporcionalidad, y procurará incluir a los diputados y diputadas sin partido. En caso de comparecencias ante varias comisiones, el acuerdo será de las Juntas Directivas de las comisiones que participen.
3. El tiempo de las intervenciones de los diputados, diputadas y de los servidores públicos será acordado previamente por la Junta Directiva o juntas directivas de la comisión o comisiones.
4. Por acuerdo de comisión o comisiones unidas podrán intervenir diputados o diputadas que no sean integrantes, pero siempre, como parte de las intervenciones a que tenga derecho su respectivo Grupo.
5. Los diputados y diputadas que no formen parte de ningún Grupo, sólo podrán intervenir en un turno.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La definición de un formato claro para las comparecencias es crucial para evitar conflictos y asegurar que todas las voces sean escuchadas. Los diputados deben estar al tanto de estos acuerdos para participar efectivamente.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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