Reg_Diputados

Artículo 212. Reuniones durante sesiones del Pleno

Las comisiones pueden reunirse durante las sesiones del Pleno solo con permiso de la Junta. En caso de votaciones, se decretará un receso para que los integrantes acudan a votar.

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Texto Legal

1. Las comisiones, sólo de manera extraordinaria y con el permiso de la Junta, podrán reunirse durante las sesiones del Pleno. En caso de que se presente una votación en el Pleno, se decretará un receso, en la Reunión de la comisión, en tanto los integrantes acuden a votar.

Sección Vigésima Segunda Publicidad, Difusión y Acceso a la Información de las Comisiones y Comités

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es fundamental que los miembros de las comisiones estén atentos a las votaciones en el Pleno para no perder la oportunidad de participar. La coordinación es esencial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 212 del Reg_Diputados?

Las comisiones pueden reunirse durante las sesiones del Pleno solo con permiso de la Junta. En caso de votaciones, se decretará un receso para que los integrantes acudan a votar.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 212 de la REGLAMENTO de la Cámara de Diputados?

[IA] Es fundamental que los miembros de las comisiones estén atentos a las votaciones en el Pleno para no perder la oportunidad de participar. La coordinación es esencial.

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