El proyecto de ley o decreto será firmado por el Presidente y un Secretario, siguiendo un formato específico. Esto garantiza la validez del documento legislativo.
1. El proyecto de ley o decreto será firmado por el Presidente y un Secretario.
2. La fórmula para su expedición será la siguiente: "La Cámara de Diputados del Honorable Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que le concede (la fracción que corresponda), del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, decreta: (Texto del decreto)".
Sección Primera REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 07-05-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Discusión del Presupuesto de Egresos de la Federación
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La firma adecuada de los proyectos es vital para su validez. Verifique que todos los documentos cumplan con los requisitos formales antes de su presentación.
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