El Sistema de Evaluación se normará por criterios que incluirán principios rectores, métodos de evaluación y medios de difusión de resultados. Esto establece un marco claro para la evaluación.
1. El Sistema de Evaluación de Diputados se normará por criterios que para tales efectos expida el Consejo Coordinador del Sistema, mismos que deberán contener por lo menos lo siguiente:
I. Los principios rectores del Sistema de Evaluación de Diputados;
II. El catálogo de los elementos cualitativos y cuantitativos, así como los componentes, parámetros e indicadores que se considerarán para realizar la evaluación;
III. El método de la evaluación;
IV. Los plazos y la periodicidad para realizar cada etapa de las evaluaciones y su difusión;
V. Los medios de difusión de los resultados de las evaluaciones, y
VI. Los lineamientos y directrices que se seguirán para mejorar el desempeño de la Cámara de Diputados. Artículo adicionado DOF 08-05-2018
TITULO NOVENO De las Reformas al Reglamento
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Conocer los criterios de evaluación es esencial para anticipar resultados. Los asesores deben estar preparados para ayudar a sus clientes a mejorar su desempeño legislativo.
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