Define la estructura organica interna de las Administraciones Desconcentradas del SAT, incluyendo las subadministraciones, departamentos y areas que las integran, asi como la designacion de sus titulares y las funciones de cada nivel jerarquico.
Las Administraciones Desconcentradas del SAT tendran la siguiente estructura organica:
- I. Administrador Desconcentrado: Es el titular de la Administracion Desconcentrada y el responsable de dirigir y supervisar todas las actividades de la unidad dentro de su circunscripcion territorial.
- II. Subadministradores: Son los servidores publicos responsables de las areas especificas de la Administracion Desconcentrada (recaudacion, auditoria, juridica, servicios al contribuyente).
- III. Jefes de Departamento: Coordinan las actividades operativas del area a su cargo.
- IV. Personal operativo: Incluye auditores, notificadores, ejecutores, abogados, contadores y demas personal tecnico y administrativo.
Los Administradores Desconcentrados seran designados por el Jefe del SAT, a propuesta del Administrador General correspondiente. Los Subadministradores seran designados por el Administrador General, previa opinion del Administrador Desconcentrado.
Cada Administracion Desconcentrada debera:
- Reportar periodicamente a la Administracion General sus avances en materia de recaudacion, fiscalizacion y atencion al contribuyente.
- Implementar los programas y lineamientos emitidos por la Administracion General correspondiente.
- Mantener actualizados los registros y expedientes de los contribuyentes de su circunscripcion.
Los recursos humanos, materiales y financieros de las Administraciones Desconcentradas seran asignados por la Administracion General de Recursos y Servicios, conforme a las necesidades operativas de cada circunscripcion y a la disponibilidad presupuestal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La estructura interna de las Administraciones Desconcentradas es relevante para identificar a la autoridad competente que emite los actos administrativos. Los contribuyentes deben verificar que el auditor, notificador o ejecutor que realiza diligencias este debidamente adscrito a la Administracion Desconcentrada competente. Un acto emitido por personal no adscrito o por un nivel jerarquico que no tiene la facultad delegada puede ser impugnado por incompetencia de la autoridad.
Art. 24. Administraciones Desconcentradas del SAT
Establece la naturaleza, competencia territorial y facultades de las Administraciones Desconcentradas del SAT, que son las unidades que ejercen las funciones de las Administraciones Generales en circunscripciones territoriales especificas.
Art. 26. Facultades especificas de las Administraciones Desconcentradas
Detalla las facultades especificas que pueden ejercer las Administraciones Desconcentradas dentro de su circunscripcion territorial, incluyendo actos de fiscalizacion, cobro coactivo, resolucion de recursos y atencion a contribuyentes.
Art. 31. Competencia territorial de las Administraciones Desconcentradas
Establece las reglas para determinar la competencia territorial de las Administraciones Desconcentradas del SAT, basada en el domicilio fiscal de los contribuyentes y las circunscripciones territoriales definidas en el Reglamento.
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