RISAT

Artículo 32. Determinacion de circunscripciones territoriales

Establece el procedimiento para la determinacion y modificacion de las circunscripciones territoriales de las Administraciones Desconcentradas del SAT, incluyendo los criterios para su delimitacion y los efectos de los cambios de circunscripcion.

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Texto Legal

Articulo 32 - Circunscripciones territoriales

Las circunscripciones territoriales de las Administraciones Desconcentradas del SAT se determinaran conforme a lo siguiente:

Criterios de delimitacion

El Jefe del SAT, mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federacion, establecera las circunscripciones territoriales considerando:

- I. La distribucion geografica de los contribuyentes registrados en el RFC.
- II. El volumen de operaciones y la complejidad de las actividades economicas de cada region.
- III. La capacidad operativa y los recursos disponibles en cada Administracion Desconcentrada.
- IV. La eficiencia en la atencion a los contribuyentes y en la recaudacion.

Modificacion de circunscripciones

Las circunscripciones territoriales podran ser modificadas por el Jefe del SAT cuando las necesidades del servicio lo requieran. La modificacion debera publicarse en el DOF con al menos 30 dias naturales de anticipacion a su entrada en vigor.

Efectos del cambio de circunscripcion

Cuando se modifiquen las circunscripciones territoriales:

- Los asuntos en tramite seran transferidos a la Administracion Desconcentrada que resulte competente.
- Los actos administrativos emitidos antes de la modificacion conservaran su validez.
- Los plazos legales no se suspenderan por causa del cambio de circunscripcion.

Publicacion y consulta

Las circunscripciones territoriales vigentes estaran disponibles para consulta en el Portal del SAT. Los contribuyentes podran verificar a cual Administracion Desconcentrada corresponde su domicilio fiscal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las circunscripciones territoriales son determinantes para la validez de los actos del SAT. Un acto emitido por una Administracion Desconcentrada incompetente por razon de territorio es nulo de pleno derecho. Los contribuyentes deben verificar periodicamente si hubo cambios en las circunscripciones que afecten la competencia de la autoridad que los atiende. Los cambios de circunscripcion son publicados en el DOF y en el Portal del SAT.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 32 del RISAT?

Establece el procedimiento para la determinacion y modificacion de las circunscripciones territoriales de las Administraciones Desconcentradas del SAT, incluyendo los criterios para su delimitacion y los efectos de los cambios de circunscripcion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 32 de la Reglamento Interior SAT?

Las circunscripciones territoriales son determinantes para la validez de los actos del SAT. Un acto emitido por una Administracion Desconcentrada incompetente por razon de territorio es nulo de pleno derecho. Los contribuyentes deben verificar periodicamente si hubo cambios en las circunscripciones que afecten la competencia de la autoridad que los atiende. Los cambios de circunscripcion son publicados en el DOF y en el Portal del SAT.

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