RISAT

Artículo 37. Impedimentos y excusas de servidores publicos

Regula los impedimentos legales que obligan a un servidor publico del SAT a excusarse de conocer un asunto, incluyendo parentesco, interes personal, relacion profesional previa con el contribuyente y demas causales de imparcialidad.

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Texto Legal

Articulo 37 - Impedimentos y excusas

Los servidores publicos del SAT deberan excusarse de conocer un asunto cuando se actualice alguno de los siguientes impedimentos:

Causales de impedimento

- I. Tener interes personal directo o indirecto en el asunto.
- II. Tener parentesco en linea recta sin limitacion de grado, en linea colateral hasta el cuarto grado, o por afinidad hasta el segundo grado, con alguna de las partes interesadas.
- III. Haber sido representante legal, abogado, asesor, consultor o contador del contribuyente o de la contraparte en los tres anos anteriores.
- IV. Tener relacion de amistad estrecha o enemistad manifiesta con alguna de las partes.
- V. Haber sido perito, testigo o denunciante en el asunto de que se trate.

Procedimiento de excusa

Cuando un servidor publico se encuentre en alguna de las causales de impedimento:

- Debera hacerlo del conocimiento inmediato de su superior jerarquico.
- El superior jerarquico resolvera sobre la procedencia de la excusa dentro de los tres dias habiles siguientes.
- Si se acepta la excusa, el asunto sera turnado al servidor publico que corresponda conforme a las reglas de suplencia o distribucion de trabajo.
- Si se rechaza la excusa, el servidor publico debera continuar conociendo del asunto.

Recusacion

Los contribuyentes podran promover la recusacion de un servidor publico del SAT cuando consideren que existe alguna causal de impedimento. La recusacion se tramitara ante el superior jerarquico del servidor publico recusado.

Consecuencias de la omision

El servidor publico que, estando impedido, omita excusarse y conozca de un asunto, incurrira en responsabilidad administrativa conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, sin perjuicio de la validez del acto administrativo emitido, la cual debera ser analizada caso por caso.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los impedimentos y excusas buscan garantizar la imparcialidad de los servidores publicos del SAT. En la practica, es poco comun que los contribuyentes promuevan la recusacion de un auditor o funcionario del SAT, pero es un derecho que existe. Si un auditor tiene un conflicto de interes evidente (por ejemplo, fue previamente empleado del contribuyente auditado), el contribuyente puede solicitar su remocion del caso. Este articulo es relevante para la validez de los actos de fiscalizacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 37 del RISAT?

Regula los impedimentos legales que obligan a un servidor publico del SAT a excusarse de conocer un asunto, incluyendo parentesco, interes personal, relacion profesional previa con el contribuyente y demas causales de imparcialidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 37 de la Reglamento Interior SAT?

Los impedimentos y excusas buscan garantizar la imparcialidad de los servidores publicos del SAT. En la practica, es poco comun que los contribuyentes promuevan la recusacion de un auditor o funcionario del SAT, pero es un derecho que existe. Si un auditor tiene un conflicto de interes evidente (por ejemplo, fue previamente empleado del contribuyente auditado), el contribuyente puede solicitar su remocion del caso. Este articulo es relevante para la validez de los actos de fiscalizacion.

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