RLFT

Artículo 31. Comisiones de seguridad e higiene

Los patrones deben constituir e integrar comisiones mixtas de seguridad e higiene en los centros de trabajo, con representantes del patron y de los trabajadores.

comisionesseguridad e higienerepresentantesparitariaNOM-019

Texto Legal

Articulo 31 - Comisiones de Seguridad e Higiene

En los centros de trabajo se deben constituir comisiones de seguridad e higiene conforme a la NOM-019-STPS.

Integracion

Las comisiones se integran por:

- Representantes del patron: designados por la empresa
- Representantes de los trabajadores: designados por el sindicato o por los propios trabajadores
- Paritaria: igual numero de representantes de ambas partes

Numero de integrantes



| Trabajadores | Representantes por parte |
|:--|:--|
| Hasta 20 | 1 |
| De 21 a 100 | De 2 a 3 |
| Mas de 100 | De 3 a 5 |

Funcionamiento

- Reuniones ordinarias mensuales (minimo)
- Recorridos de verificacion periodicos
- Actas de cada reunion y recorrido
- Seguimiento a las recomendaciones emitidas

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La constitucion de la comision de seguridad e higiene es obligatoria para todo centro de trabajo sin importar su tamano. La integracion paritaria (patron-trabajadores) garantiza la representatividad y la legitimidad de sus decisiones. Recomendamos formalizar la constitucion de la comision con acta constitutiva, registrar a sus integrantes ante la STPS y asegurar que se reuna efectivamente cada mes con actas firmadas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 31 del RLFT?

Los patrones deben constituir e integrar comisiones mixtas de seguridad e higiene en los centros de trabajo, con representantes del patron y de los trabajadores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 31 de la Reglamento SST?

SDV Asesores: La constitucion de la comision de seguridad e higiene es obligatoria para todo centro de trabajo sin importar su tamano. La integracion paritaria (patron-trabajadores) garantiza la representatividad y la legitimidad de sus decisiones. Recomendamos formalizar la constitucion de la comision con acta constitutiva, registrar a sus integrantes ante la STPS y asegurar que se reuna efectivamente cada mes con actas firmadas.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 31 del RLFT?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 31 RLFT desde tu celular