Desarrolla las disposiciones reglamentarias aplicables a operaciones con el publico en general comprobantes, detallando los requisitos, procedimientos y condiciones conforme a el articulo 29-A del CFF.
Para los efectos de el articulo 29-A del CFF, se observaran las siguientes disposiciones:
Las personas morales deberan cumplir con la obligacion relativa a CFDI global por operaciones con publico, conforme a los plazos y requisitos establecidos en la Ley.
El procedimiento para frecuencia de emision se llevara a cabo mediante los formatos y medios electronicos que establezca el SAT.
Los contribuyentes conservaran la documentacion relativa a datos del comprobante durante el plazo previsto en el Codigo Fiscal.
Las disposiciones relativas a registro de operaciones se observaran conforme a las reglas de caracter general aplicables.
La informacion sobre tasa de IVA aplicable se presentara ante el SAT en los terminos y plazos que este establezca.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las operaciones con el publico en general permiten la expedicion de comprobantes simplificados, pero sujetos a condiciones especificas. SDV Asesores advierte que las ventas al publico en general deben soportarse con CFDI global diario, semanal o mensual segun el regimen del contribuyente. La falta de expedicion correcta de estos comprobantes puede generar el rechazo de deducciones para los compradores.
Art. 85. Obligaciones de personas morales - Contabilidad
Establece las obligaciones de las personas morales en materia de contabilidad, incluyendo los sistemas de registro, los libros y documentos que deben mantener, y las formalidades para el registro de operaciones.
Art. 109. Contabilidad electronica para efectos de ISR
Precisa las condiciones y reglas aplicables a contabilidad electronica para efectos de isr, conforme a las disposiciones de el articulo 28 del CFF, incluyendo los requisitos formales correspondientes.
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