Detalla las normas reglamentarias para sindicatos y camaras empresariales obligaciones fiscales, estableciendo los criterios y procedimientos que deben cumplirse conforme a el articulo 86 de la Ley.
Para los efectos de el articulo 86 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:
Las personas morales con fines no lucrativos deberan observar las disposiciones relativas a sindicatos obligaciones minimas establecidas en este articulo.
Se regulan las obligaciones relativas a camaras empresariales aplicables a las entidades del Titulo III de la Ley.
Los contribuyentes de este Titulo cumpliran con asociaciones patronales conforme a las disposiciones especificas aplicables.
Las disposiciones sobre declaracion informativa se observaran conforme a la naturaleza y objeto social de cada entidad.
La obligacion de proporcionar retenciones a empleados se cumplira en los plazos y formas que establezca la autoridad fiscal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los sindicatos y camaras empresariales tienen obligaciones fiscales especificas como personas morales no lucrativas. SDV Asesores destaca que estas entidades deben determinar remanente distribuible y cumplir con obligaciones informativas ante el SAT. La retencion y entero del ISR por pagos a sus empleados y prestadores de servicios es una obligacion frecuentemente incumplida.
Art. 112. Obligaciones de personas morales no lucrativas
Regula el tratamiento fiscal de obligaciones de personas morales no lucrativas, incluyendo los requisitos de documentacion, los plazos y las condiciones establecidas conforme a el articulo 86 de la Ley.
Art. 119. Partidos politicos y asociaciones religiosas
Precisa las condiciones y reglas aplicables a partidos politicos y asociaciones religiosas, conforme a las disposiciones de el articulo 79 de la Ley, incluyendo los requisitos formales correspondientes.
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Art. 117. Revocacion de autorizacion de donatarias causales
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Art. 119. Partidos politicos y asociaciones religiosas
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