RLISR

Artículo 218. Declaracion informativa de intereses pagados

Detalla las normas reglamentarias para declaracion informativa de intereses pagados, estableciendo los criterios y procedimientos que deben cumplirse conforme a el articulo 55 de la Ley.

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Texto Legal

Articulo 218 — Declaracion informativa de intereses pagados

Para los efectos de el articulo 55 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Reglas aplicables

Para el tratamiento fiscal de los ingresos por intereses, se precisan las disposiciones relativas a declaracion informativa de intereses pagados conforme al Capitulo VI del Titulo IV de la Ley.

II. Retencion

Las instituciones que paguen intereses efectuaran la retencion correspondiente, que tendra el caracter de pago provisional a cuenta del impuesto anual.

III. Interes real

Para efectos de la declaracion anual, se acumulara el interes real, determinado conforme al procedimiento de ajuste por inflacion.

IV. Constancia anual

Las instituciones pagadoras expediran una constancia anual con la informacion de intereses nominales, retenciones e interes real.

V. Declaracion anual

Los intereses reales se acumularan a los demas ingresos del contribuyente en la declaracion anual del ejercicio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La declaracion informativa de intereses pagados es una obligacion anual de las personas morales y debe incluir el detalle de beneficiarios y montos. SDV Asesores destaca que esta informacion se cruza con las declaraciones anuales de las personas fisicas receptoras de los intereses. Las inconsistencias generan requerimientos automaticos tanto para el pagador como para el receptor.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 218 del RLISR?

Detalla las normas reglamentarias para declaracion informativa de intereses pagados, estableciendo los criterios y procedimientos que deben cumplirse conforme a el articulo 55 de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 218 de la Reglamento LISR?

La declaracion informativa de intereses pagados es una obligacion anual de las personas morales y debe incluir el detalle de beneficiarios y montos. SDV Asesores destaca que esta informacion se cruza con las declaraciones anuales de las personas fisicas receptoras de los intereses. Las inconsistencias generan requerimientos automaticos tanto para el pagador como para el receptor.

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