Establece las obligaciones de las personas morales de presentar declaraciones informativas al SAT sobre operaciones con terceros, pagos a residentes en el extranjero y otras operaciones relevantes.
Para los efectos del articulo 76 de la Ley, las personas morales presentaran las siguientes declaraciones informativas:
Los contribuyentes obligados a ello deberan presentar la DIOT a mas tardar el dia 17 del mes inmediato posterior al que corresponda la informacion, en la que se declaren los pagos efectuados a proveedores y la retencion del IVA en su caso.
Se debera informar sobre los pagos realizados a residentes en el extranjero, especificando el tipo de ingreso, el monto del pago, el impuesto retenido y los datos de identificacion del beneficiario del pago.
Los contribuyentes que otorguen donativos deducibles deberan informar al SAT sobre los mismos, incluyendo los datos de la donataria y el monto del donativo.
Las personas morales que celebren operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero deberan presentar la declaracion informativa de operaciones con partes relacionadas (Declaracion informativa local y Declaracion informativa maestra).
Las declaraciones informativas se presentaran a traves de los medios electronicos que establezca el SAT, utilizando la firma electronica avanzada del contribuyente o el sello digital.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las declaraciones informativas de personas morales incluyen informacion de retenciones, pagos al extranjero y operaciones con terceros. SDV Asesores senala que la inconsistencia entre las declaraciones informativas y la declaracion anual es una causa comun de requerimientos del SAT. La conciliacion periodica de estos reportes reduce significativamente los riesgos de fiscalizacion.
Art. 85. Obligaciones de personas morales - Contabilidad
Establece las obligaciones de las personas morales en materia de contabilidad, incluyendo los sistemas de registro, los libros y documentos que deben mantener, y las formalidades para el registro de operaciones.
Art. 86. Constancias de retencion
Regula la obligacion de las personas morales de proporcionar constancias de retencion a las personas a quienes les efectuen pagos con retencion de ISR, detallando los plazos y requisitos del documento.
Art. 264. Residentes en el extranjero - Disposiciones generales
Establece las disposiciones generales aplicables a los residentes en el extranjero con ingresos de fuente de riqueza ubicada en Mexico, incluyendo las reglas de retencion, las tasas aplicables y los tratados internacionales.
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