Establece las reglas para la determinacion y solicitud de devolucion de saldos a favor de IVA generados por actividades de exportacion, incluyendo plazos y requisitos documentales.
Para los efectos del articulo 6 de la Ley, los contribuyentes que realicen actividades de exportacion y generen saldos a favor del IVA, podran solicitar su devolucion conforme a las siguientes reglas:
El saldo a favor de IVA por exportacion se determinara como la diferencia entre el IVA acreditable (pagado a proveedores) y el IVA causado (a tasa 0% en exportacion resulta en cero), lo que genera un excedente de IVA acreditable.
- I. La solicitud de devolucion se presentara ante el SAT mediante el formato electronico correspondiente.
- II. Se debera acompanar la documentacion comprobatoria de las operaciones de exportacion, incluyendo pedimentos, CFDI y comprobantes de pago.
- III. El SAT resolvera la solicitud dentro de un plazo de 40 dias habiles contados a partir de la fecha de presentacion, o de 25 dias habiles cuando el contribuyente dictamine sus estados financieros o cuente con certificacion en materia de IVA.
Los contribuyentes que cuenten con la certificacion en materia de IVA e IEPS conforme a las reglas del SAT, podran obtener la devolucion en un plazo reducido de 20 dias habiles.
A partir de 2019, los saldos a favor de IVA solo podran ser objeto de devolucion o compensacion contra IVA a cargo, no siendo posible compensarlos contra otros impuestos federales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La devolucion de IVA por exportacion es uno de los procedimientos mas importantes para el flujo de efectivo de las empresas exportadoras. En SDV Asesores de Negocio acompanamos a nuestros clientes en la preparacion del expediente de devolucion, asegurando que toda la documentacion sea consistente. La certificacion en materia de IVA/IEPS es altamente recomendable para empresas con operaciones significativas de exportacion, pues reduce el plazo de devolucion a 20 dias.
Art. 41. Concepto de exportacion para tasa 0%
Desarrolla el concepto de exportacion de bienes y servicios para efectos de la aplicacion de la tasa del 0% del IVA, precisando los supuestos y requisitos que deben cumplirse.
Art. 42. Exportacion de servicios y tasa 0%
Precisa los requisitos para que la prestacion de servicios a residentes en el extranjero se considere exportacion sujeta a tasa 0%, incluyendo las reglas de aprovechamiento en el extranjero.
Art. 44. Retorno de bienes exportados temporalmente
Regula el tratamiento del IVA cuando bienes exportados temporalmente son retornados al territorio nacional, incluyendo las reglas de la industria maquiladora y programas IMMEX.
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