RLIVA

Artículo 71. Operaciones entre partes relacionadas

Establece las reglas de valuacion y documentacion del IVA en operaciones entre partes relacionadas, para asegurar que se utilicen precios de mercado.

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Texto Legal

Articulo 71 — Partes Relacionadas

Para los efectos de la Ley, en las operaciones celebradas entre partes relacionadas se observaran las siguientes reglas en materia de IVA:

Valor de las operaciones

El valor de los actos o actividades entre partes relacionadas sera el que hubieran pactado partes independientes en operaciones comparables (principio de valor de mercado).

Concepto de partes relacionadas

Se consideran partes relacionadas:

- I. Cuando una persona participe directa o indirectamente en la administracion, control o capital de otra
- II. Cuando ambas personas sean controladas por una tercera
- III. Cuando exista un vinculo familiar entre personas fisicas que realicen operaciones entre si

Ajuste del valor

Si la autoridad determina que el valor de la operacion entre partes relacionadas es inferior al de mercado, podra ajustar la base del IVA para calcularla sobre el valor real de la contraprestacion.

Documentacion

Los contribuyentes deberan documentar las operaciones entre partes relacionadas y estar en posibilidad de demostrar que los precios utilizados corresponden a los de mercado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las operaciones entre partes relacionadas deben realizarse a valores de mercado para efectos de IVA. En SDV Asesores de Negocio recomendamos que los grupos empresariales documenten sus operaciones intercompania con estudios de precios de transferencia, pues el SAT puede ajustar la base del IVA cuando detecte subvaluacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 71 del RLIVA?

Establece las reglas de valuacion y documentacion del IVA en operaciones entre partes relacionadas, para asegurar que se utilicen precios de mercado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 71 de la Reglamento LIVA?

Las operaciones entre partes relacionadas deben realizarse a valores de mercado para efectos de IVA. En SDV Asesores de Negocio recomendamos que los grupos empresariales documenten sus operaciones intercompania con estudios de precios de transferencia, pues el SAT puede ajustar la base del IVA cuando detecte subvaluacion.

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