Establece las reglas de valuacion y documentacion del IVA en operaciones entre partes relacionadas, para asegurar que se utilicen precios de mercado.
Para los efectos de la Ley, en las operaciones celebradas entre partes relacionadas se observaran las siguientes reglas en materia de IVA:
El valor de los actos o actividades entre partes relacionadas sera el que hubieran pactado partes independientes en operaciones comparables (principio de valor de mercado).
Se consideran partes relacionadas:
- I. Cuando una persona participe directa o indirectamente en la administracion, control o capital de otra
- II. Cuando ambas personas sean controladas por una tercera
- III. Cuando exista un vinculo familiar entre personas fisicas que realicen operaciones entre si
Si la autoridad determina que el valor de la operacion entre partes relacionadas es inferior al de mercado, podra ajustar la base del IVA para calcularla sobre el valor real de la contraprestacion.
Los contribuyentes deberan documentar las operaciones entre partes relacionadas y estar en posibilidad de demostrar que los precios utilizados corresponden a los de mercado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las operaciones entre partes relacionadas deben realizarse a valores de mercado para efectos de IVA. En SDV Asesores de Negocio recomendamos que los grupos empresariales documenten sus operaciones intercompania con estudios de precios de transferencia, pues el SAT puede ajustar la base del IVA cuando detecte subvaluacion.
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