RLSS

Artículo 128. Base de cotizacion para las cuotas

Establece que las cuotas obrero-patronales se calcularan sobre el salario base de cotizacion integrado conforme a la Ley del Seguro Social, definiendo los conceptos que lo conforman y los limites aplicables.

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Texto Legal

Articulo 128 — Base de Cotizacion para las Cuotas

Las cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social se calcularan sobre el salario base de cotizacion (SBC) integrado conforme a lo dispuesto por el articulo 27 de la Ley del Seguro Social.

Integracion del salario

El salario base de cotizacion se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentacion, habitacion, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestacion que se entregue al trabajador por su trabajo.

Limite superior

El salario base de cotizacion tiene como limite superior el equivalente a veinticinco veces la Unidad de Medida y Actualizacion (UMA), conforme a lo establecido en la Ley del Seguro Social.

Limite inferior

En ningun caso el salario base de cotizacion podra ser inferior al salario minimo general vigente en la zona economica del trabajador.

Importancia

La correcta integracion del SBC es fundamental para el calculo de las cuotas, pues una integracion incorrecta genera diferencias en cuotas que el Instituto puede cobrar con actualizacion, recargos y multas.

Última reforma aplicable: 15 de julio de 2005

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La integracion del salario base de cotizacion es una de las areas de mayor controversia y riesgo para los patrones. El IMSS frecuentemente determina diferencias por conceptos no incluidos en el SBC que a su juicio deberian estarlo (bonos, ayudas, vales, etc.). Recomendamos documentar cuidadosamente cada prestacion otorgada a los trabajadores, analizar si es integrante o no conforme al articulo 27 de la LSS, y mantener una politica consistente de integracion. Las diferencias por SBC mal integrado pueden representar montos significativos y se cobran retroactivamente hasta por cinco anos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 128 del RLSS?

Establece que las cuotas obrero-patronales se calcularan sobre el salario base de cotizacion integrado conforme a la Ley del Seguro Social, definiendo los conceptos que lo conforman y los limites aplicables.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 128 de la Reglamento LSS?

SDV Asesores: La integracion del salario base de cotizacion es una de las areas de mayor controversia y riesgo para los patrones. El IMSS frecuentemente determina diferencias por conceptos no incluidos en el SBC que a su juicio deberian estarlo (bonos, ayudas, vales, etc.). Recomendamos documentar cuidadosamente cada prestacion otorgada a los trabajadores, analizar si es integrante o no conforme al articulo 27 de la LSS, y mantener una politica consistente de integracion. Las diferencias por SBC mal integrado pueden representar montos significativos y se cobran retroactivamente hasta por cinco anos.

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