Establece las formas de pago autorizadas para el entero de las cuotas obrero-patronales, incluyendo transferencia electronica, deposito bancario y los medios que autorice el Instituto.
Las cuotas obrero-patronales podran pagarse a traves de las siguientes formas autorizadas:
- Transferencia electronica de fondos a traves del portal bancario
- Deposito bancario en las instituciones autorizadas por el Instituto
- Pago en ventanilla en las instituciones bancarias que el IMSS designe
- Cualquier otro medio electronico que el Instituto autorice
El patron debera conservar el comprobante de pago como constancia del cumplimiento de su obligacion, el cual debera contener la fecha de pago, el monto y la referencia del bimestre pagado.
El Sistema Unico de Autodeterminacion (SUA) es la herramienta proporcionada por el IMSS para que los patrones calculen sus cuotas y generen las lineas de captura para el pago en las instituciones bancarias autorizadas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El Sistema Unico de Autodeterminacion (SUA) es la herramienta principal para el calculo y pago de cuotas. Es fundamental mantener el SUA actualizado con los movimientos afiliatorios y las modificaciones salariales para que el calculo sea correcto. Recomendamos conservar todos los comprobantes de pago y las lineas de captura generadas, pues son la evidencia del cumplimiento oportuno de la obligacion ante el IMSS.
Art. 156. Plazos de pago de cuotas obrero-patronales
Establece los plazos para el pago de las cuotas obrero-patronales al IMSS, fijando como fecha limite el dia diecisiete del mes siguiente al bimestre vencido, con reglas especiales para dias inhabiles.
Art. 158. Pago de cuotas del seguro de retiro
Regula las particularidades del pago de las cuotas del seguro de retiro, cesantia en edad avanzada y vejez, que se depositan en las cuentas individuales de los trabajadores.
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Art. 156. Plazos de pago de cuotas obrero-patronales
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