RLSS

Artículo 172. Orden de visita domiciliaria

Establece los requisitos formales que debe contener la orden de visita domiciliaria emitida por el IMSS, incluyendo la identificacion del patron visitado, el domicilio, los visitadores autorizados y el objeto de la revision.

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Texto Legal

Articulo 172 — Orden de Visita Domiciliaria

La orden de visita domiciliaria debera reunir los siguientes requisitos formales:

Datos de identificacion

Constar por escrito, senalar la autoridad que la emite, el lugar o lugares donde debe efectuarse la visita, el nombre del patron o sujeto obligado a quien va dirigida y el nombre de los visitadores autorizados para practicarla.

Objeto de la visita

Precisar el objeto o proposito de la visita, indicando los rubros que seran revisados, tales como la inscripcion de trabajadores, la integracion del salario base de cotizacion, la clasificacion de la empresa y el pago de cuotas.

Fundamentacion y motivacion

La orden debera estar debidamente fundada y motivada, citando los preceptos legales que facultan al Instituto para practicar la visita y las razones por las que se ejerce la facultad de fiscalizacion respecto del patron senalado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La orden de visita es el acto que da inicio formal a la fiscalizacion y cualquier defecto en sus requisitos puede dar lugar a la nulidad de todo el procedimiento. Es indispensable que el patron o su representante revise cuidadosamente que la orden contenga su nombre correcto, domicilio, objeto preciso de la visita y nombres de los visitadores autorizados. Un error en estos elementos constituye una violacion formal que puede hacerse valer como agravio en los medios de defensa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 172 del RLSS?

Establece los requisitos formales que debe contener la orden de visita domiciliaria emitida por el IMSS, incluyendo la identificacion del patron visitado, el domicilio, los visitadores autorizados y el objeto de la revision.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 172 de la Reglamento LSS?

SDV Asesores: La orden de visita es el acto que da inicio formal a la fiscalizacion y cualquier defecto en sus requisitos puede dar lugar a la nulidad de todo el procedimiento. Es indispensable que el patron o su representante revise cuidadosamente que la orden contenga su nombre correcto, domicilio, objeto preciso de la visita y nombres de los visitadores autorizados. Un error en estos elementos constituye una violacion formal que puede hacerse valer como agravio en los medios de defensa.

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