Detalla los formatos y medios a traves de los cuales el patron debe presentar el aviso de inscripcion de sus trabajadores, ya sea de manera presencial o electronica.
El aviso de inscripcion de los trabajadores se presentara en los formatos aprobados por el Consejo Tecnico del Instituto o a traves de los medios electronicos autorizados.
1. IDSE (IMSS Desde Su Empresa): Para patrones con certificado digital vigente
2. Portal IMSS Digital: A traves de Internet con firma electronica
3. Presencial: En la subdelegacion correspondiente al domicilio del centro de trabajo
4. SUA (Sistema Unico de Autodeterminacion): Para cargas masivas de movimientos
El aviso de inscripcion debera contener como minimo:
- Numero de registro patronal del empleador
- Nombre completo del trabajador
- CURP del trabajador
- NSS (Numero de Seguridad Social), en su caso
- Fecha de ingreso a la empresa
- Salario base de cotizacion diario
- Tipo de trabajador (permanente o eventual)
- Tipo de salario (fijo, variable o mixto)
- Jornada de trabajo (completa, reducida o especial)
El Instituto emitira un acuse de recibo del aviso de inscripcion, el cual servira como constancia del cumplimiento de esta obligacion.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La presentacion por IDSE es el medio mas utilizado y genera un acuse electronico con sello digital que tiene plena validez juridica. Es fundamental conservar estos acuses como evidencia de cumplimiento. Un dato critico es el tipo de salario declarado (fijo, variable o mixto), ya que determina como se calcularan las modificaciones salariales posteriores. Un error en este campo puede generar inconsistencias sistematicas en la determinacion del SBC durante toda la relacion laboral.
Art. 18. Obligacion de inscripcion de trabajadores
Establece la obligacion fundamental del patron de inscribir a todos sus trabajadores ante el IMSS. Es una de las obligaciones mas importantes en materia de seguridad social.
Art. 19. Plazo para la inscripcion de trabajadores
Establece el plazo de cinco dias habiles para presentar el aviso de inscripcion de los trabajadores ante el IMSS, contados a partir del inicio de la relacion laboral.
Art. 21. Datos del trabajador en el aviso de inscripcion
Detalla los datos personales del trabajador que el patron debe proporcionar al Instituto al momento de la inscripcion, incluyendo nombre, CURP, fecha de nacimiento y domicilio.
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Art. 21. Datos del trabajador en el aviso de inscripcion
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