Establece las causas por las cuales el IMSS puede remover al interventor designado en la negociacion del patron, asi como el procedimiento para su sustitucion.
El Instituto podra remover al interventor cuando se actualice alguna de las siguientes causas:
- Incumplimiento de las obligaciones inherentes a su cargo
- Negligencia en la administracion o vigilancia de la negociacion
- Existencia de conflicto de interes con el patron
- Falta de rendicion oportuna de los informes periodicos
El Instituto procedera a designar un nuevo interventor dentro de los tres dias habiles siguientes a la remocion, a fin de no interrumpir la vigilancia o administracion de la negociacion.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La remocion del interventor es un derecho que el patron puede ejercer cuando detecte incumplimiento, negligencia o conflicto de interes. Documentar las irregularidades del interventor es esencial para fundamentar la solicitud de remocion ante el Instituto. El patron debe actuar con prontitud ya que un interventor negligente puede causar danos significativos a la negociacion durante el tiempo que permanezca en funciones.
Art. 207. Intervencion de la negociacion
Regula la intervencion de la negociacion del patron como medida dentro del procedimiento administrativo de ejecucion, designando un interventor con cargo a la caja o un interventor administrador.
Art. 208. Obligaciones del interventor
Detalla las obligaciones y limitaciones del interventor designado por el IMSS en la intervencion de la negociacion del patron, incluyendo la rendicion de cuentas y la separacion de fondos.
Art. 210. Avaluo de bienes embargados
Regula el procedimiento de avaluo de los bienes embargados dentro del procedimiento administrativo de ejecucion del IMSS, incluyendo la designacion de peritos y la impugnacion del avaluo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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