Establece el recurso de inconformidad como medio de defensa de los patrones y asegurados ante el IMSS, tramitado ante el Consejo Consultivo Delegacional, para impugnar los actos definitivos del Instituto que afecten sus derechos.
Los patrones y demas sujetos obligados, asi como los asegurados y sus beneficiarios, podran interponer el recurso de inconformidad en contra de los actos definitivos del Instituto que consideren lesivos a sus intereses.
El recurso de inconformidad se tramitara y resolvera ante el Consejo Consultivo Delegacional que corresponda al domicilio del recurrente, el cual fungira como autoridad resolutora.
Podran impugnarse mediante este recurso las resoluciones que determinen creditos fiscales, las que nieguen la devolucion de cantidades pagadas indebidamente, las que impongan multas, las que afecten las prestaciones de los asegurados y, en general, cualquier acto definitivo del Instituto que cause agravio al particular.
El recurso de inconformidad es optativo, lo que significa que el interesado puede interponerlo antes de acudir al juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, o bien acudir directamente al juicio sin agotar previamente el recurso.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El recurso de inconformidad es el medio de defensa mas accesible para los patrones y asegurados contra actos del IMSS. Al ser optativo, el interesado puede elegir entre interponerlo o acudir directamente al juicio ante el TFJA. Es importante considerar que el recurso se resuelve internamente por el Consejo Consultivo Delegacional, lo que puede ser ventajoso en casos de errores administrativos evidentes pero menos favorable en controversias de fondo complejas. El plazo para interponerlo es breve, por lo que se debe actuar con prontitud.
Art. 227. Plazo para interponer el recurso de inconformidad
Establece el plazo de quince dias habiles para la interposicion del recurso de inconformidad, contado a partir del dia siguiente a aquel en que surta efectos la notificacion del acto impugnado.
Art. 233. Resolucion del recurso de inconformidad
Define el contenido y los efectos de la resolucion que emite el Consejo Consultivo Delegacional al resolver el recurso de inconformidad, incluyendo la confirmacion, modificacion o revocacion del acto impugnado.
Art. 234. Aclaracion administrativa
Establece el procedimiento de aclaracion administrativa como via para que los patrones soliciten la correccion de errores materiales en los actos del IMSS sin necesidad de interponer un medio de defensa formal.
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Art. 225. Responsabilidad solidaria en el procedimiento de ejecucion
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Art. 227. Plazo para interponer el recurso de inconformidad
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