RLSS

Artículo 233. Resolucion del recurso de inconformidad

Define el contenido y los efectos de la resolucion que emite el Consejo Consultivo Delegacional al resolver el recurso de inconformidad, incluyendo la confirmacion, modificacion o revocacion del acto impugnado.

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Texto Legal

Articulo 233 — Resolucion del Recurso

La resolucion del recurso de inconformidad podra tener alguno de los siguientes efectos:

Sentidos de la resolucion

- Confirmar el acto impugnado cuando los agravios resulten infundados
- Modificar el acto impugnado cuando se acredite parcialmente la ilegalidad del mismo
- Revocar el acto impugnado cuando se demuestre plenamente su ilegalidad
- Dejar sin efectos el acto cuando se acrediten vicios formales en el procedimiento

Impugnacion de la resolucion

Si el recurrente no esta conforme con la resolucion del recurso, podra impugnarla mediante el juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La resolucion del recurso puede confirmar, modificar, revocar o dejar sin efectos el acto impugnado. Si la resolucion no es satisfactoria, el patron puede impugnarla ante el TFJA. Es importante analizar si conviene interponer primero el recurso de inconformidad o acudir directamente al juicio contencioso, ya que cada via tiene ventajas y desventajas en terminos de plazos, costos y probabilidad de exito.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 233 del RLSS?

Define el contenido y los efectos de la resolucion que emite el Consejo Consultivo Delegacional al resolver el recurso de inconformidad, incluyendo la confirmacion, modificacion o revocacion del acto impugnado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 233 de la Reglamento LSS?

SDV Asesores: La resolucion del recurso puede confirmar, modificar, revocar o dejar sin efectos el acto impugnado. Si la resolucion no es satisfactoria, el patron puede impugnarla ante el TFJA. Es importante analizar si conviene interponer primero el recurso de inconformidad o acudir directamente al juicio contencioso, ya que cada via tiene ventajas y desventajas en terminos de plazos, costos y probabilidad de exito.

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