RLSS

Artículo 232. Plazo para resolver el recurso de inconformidad

Establece el plazo de que dispone el Consejo Consultivo Delegacional para resolver el recurso de inconformidad, asi como las consecuencias de no emitir resolucion dentro de dicho plazo.

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Texto Legal

Articulo 232 — Plazo para Resolver

El Consejo Consultivo Delegacional debera emitir la resolucion del recurso de inconformidad dentro de un plazo de tres meses contados a partir de la fecha de su interposicion.

Negativa ficta

Si transcurrido el plazo el Consejo no emite resolucion, se entendera que el recurso fue resuelto en sentido negativo (negativa ficta), pudiendo el recurrente acudir al juicio contencioso administrativo en cualquier momento posterior.

Notificacion

La resolucion debera ser notificada personalmente al recurrente, haciendole saber el sentido de la resolucion y los medios de defensa que puede interponer en caso de ser desfavorable.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Si el Consejo Consultivo Delegacional no resuelve el recurso en tres meses, opera la negativa ficta, lo que permite al patron acudir directamente al juicio contencioso administrativo ante el TFJA. En la practica, la negativa ficta puede ser estrategicamente conveniente cuando se anticipa una resolucion desfavorable del Consejo, ya que permite llevar la controversia a un tribunal independiente sin mayor demora.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 232 del RLSS?

Establece el plazo de que dispone el Consejo Consultivo Delegacional para resolver el recurso de inconformidad, asi como las consecuencias de no emitir resolucion dentro de dicho plazo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 232 de la Reglamento LSS?

SDV Asesores: Si el Consejo Consultivo Delegacional no resuelve el recurso en tres meses, opera la negativa ficta, lo que permite al patron acudir directamente al juicio contencioso administrativo ante el TFJA. En la practica, la negativa ficta puede ser estrategicamente conveniente cuando se anticipa una resolucion desfavorable del Consejo, ya que permite llevar la controversia a un tribunal independiente sin mayor demora.

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