RLSS

Artículo 250. Disposiciones transitorias — Tramites en curso

Regula el tratamiento de los tramites y procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del Reglamento, estableciendo que se concluiran conforme a las disposiciones vigentes al momento de su inicio.

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Texto Legal

Articulo 250 — Tramites en Curso

Los tramites y procedimientos administrativos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Reglamento se concluiran conforme a las disposiciones vigentes al momento de su inicio.

Principio de irretroactividad

El presente Reglamento no tendra efectos retroactivos en perjuicio de los patrones ni de los asegurados, respetando los derechos adquiridos bajo las disposiciones anteriores.

Plazos en curso

Los plazos que estuvieren transcurriendo al momento de la entrada en vigor del Reglamento se computaran conforme a las disposiciones bajo las cuales fueron iniciados.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: El principio de irretroactividad protege a los patrones contra la aplicacion de nuevas disposiciones a procedimientos ya iniciados. Si un patron tiene una fiscalizacion o recurso en curso al momento de la entrada en vigor del nuevo Reglamento, este debe concluirse conforme a las reglas anteriores. Los patrones deben identificar que disposiciones les resultan aplicables segun la fecha de inicio de sus procedimientos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 250 del RLSS?

Regula el tratamiento de los tramites y procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del Reglamento, estableciendo que se concluiran conforme a las disposiciones vigentes al momento de su inicio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 250 de la Reglamento LSS?

SDV Asesores: El principio de irretroactividad protege a los patrones contra la aplicacion de nuevas disposiciones a procedimientos ya iniciados. Si un patron tiene una fiscalizacion o recurso en curso al momento de la entrada en vigor del nuevo Reglamento, este debe concluirse conforme a las reglas anteriores. Los patrones deben identificar que disposiciones les resultan aplicables segun la fecha de inicio de sus procedimientos.

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