Establece las reglas especiales para la baja del trabajador por fallecimiento, incluyendo la documentacion requerida y los derechos de los beneficiarios.
Cuando la causa de la baja sea el fallecimiento del trabajador, el patron debera presentar el aviso de baja dentro de los cinco dias habiles siguientes al deceso.
Al aviso de baja por defuncion debera acompanarse, en su caso:
- Copia del acta de defuncion o constancia de fallecimiento
- Informacion sobre la causa del deceso, particularmente si se trata de un riesgo de trabajo
Los beneficiarios del trabajador fallecido tendran derecho a:
1. La pension por viudez, orfandad o ascendientes, conforme a la Ley del Seguro Social
2. La ayuda para gastos de funeral
3. Los recursos acumulados en la cuenta individual de retiro
4. Las prestaciones del seguro de vida, en su caso
Si el fallecimiento se origina por un riesgo de trabajo, el Instituto realizara la investigacion correspondiente para efectos de la determinacion de prestaciones y, en su caso, de capitales constitutivos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Cuando un trabajador fallece, el patron debe actuar con diligencia y sensibilidad. Ademas de presentar la baja, es importante determinar si el deceso fue consecuencia de un riesgo de trabajo, ya que esto detona obligaciones adicionales como la investigacion del accidente y la posible determinacion de capitales constitutivos. Recomendamos asesorar a los beneficiarios sobre sus derechos a pensiones y prestaciones, y facilitar la documentacion necesaria ante el IMSS.
Art. 43. Obligacion de presentar aviso de baja
Establece la obligacion del patron de presentar el aviso de baja del trabajador ante el IMSS dentro de los cinco dias habiles siguientes a la terminacion de la relacion laboral.
Art. 45. Efectos del aviso de baja
Regula los efectos juridicos del aviso de baja presentado ante el IMSS, incluyendo la fecha a partir de la cual surte efectos y la conservacion de derechos del trabajador.
Art. 47. Baja de oficio por el Instituto
Faculta al Instituto para dar de baja de oficio a los trabajadores cuando detecte que la relacion laboral ha terminado y el patron no ha presentado el aviso correspondiente.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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