Regula el procedimiento de clasificacion para las empresas de nueva creacion, indicando que se clasificaran conforme a la actividad economica declarada en su aviso de registro patronal y con la prima media de su clase.
Las empresas de nueva creacion seran clasificadas de acuerdo con la actividad economica que declaren en el aviso de registro patronal, ubicandolas en la division, grupo y fraccion del catalogo que les corresponda.
A las empresas de nueva creacion se les asignara la prima media de la clase que corresponda a su actividad economica, misma que aplicaran durante el primer periodo de cotizacion y hasta que presenten su primera declaracion anual de la prima de riesgo.
El Instituto podra verificar que la actividad declarada corresponda efectivamente a la que realiza la empresa y, en caso de discrepancia, procedera a la rectificacion de la clasificacion notificando al patron la nueva clase y prima aplicables.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Las empresas de nueva creacion inician con la prima media de su clase, lo que en algunos casos puede representar un costo elevado si la actividad tiene baja siniestralidad. Es fundamental declarar correctamente la actividad desde el registro inicial, pues el IMSS puede verificar y rectificar la clasificacion con efectos retroactivos. Una vez que se tenga el primer periodo de computo completo, se debera presentar la declaracion anual para ajustar la prima.
Art. 81. Cinco clases de riesgo de trabajo
Establece las cinco clases de riesgo en que se clasifican las empresas para efectos del seguro de riesgos de trabajo, conforme a la actividad economica que desarrollen y la siniestralidad inherente a cada una de ellas.
Art. 85. Tabla de clasificacion de actividades economicas
Contiene la tabla de clasificacion de actividades economicas que establece las divisiones, grupos y fracciones para ubicar a cada empresa en la clase de riesgo que le corresponde conforme a su giro o actividad.
Art. 97. Determinacion anual de la prima de riesgo
Establece la obligacion patronal de determinar anualmente la prima del seguro de riesgos de trabajo con base en la siniestralidad registrada durante el periodo del 1o de enero al 31 de diciembre del ano inmediato anterior.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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