RLSS

Artículo 81. Cinco clases de riesgo de trabajo

Establece las cinco clases de riesgo en que se clasifican las empresas para efectos del seguro de riesgos de trabajo, conforme a la actividad economica que desarrollen y la siniestralidad inherente a cada una de ellas.

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Texto Legal

Articulo 81 — Cinco Clases de Riesgo de Trabajo

Para los efectos de la fijacion de las primas del seguro de riesgos de trabajo, las empresas seran clasificadas y agrupadas de acuerdo con su actividad economica en las siguientes cinco clases:

Clasificacion por clases

- Clase I — Riesgo ordinario: actividades comerciales, financieras, profesionales y de servicios con bajo nivel de siniestralidad.
- Clase II — Riesgo bajo: actividades agricolas, ganaderas, silvicolas y de pesca, asi como ciertos servicios con riesgo moderado.
- Clase III — Riesgo medio: actividades de transformacion, industrias manufactureras, comunicaciones y transportes con riesgo intermedio.
- Clase IV — Riesgo alto: actividades industriales con procesos de mayor peligrosidad, incluyendo industria quimica, metalurgica y minera no subterranea.
- Clase V — Riesgo maximo: actividades con el mayor grado de peligrosidad como mineria subterranea, explotacion de hidrocarburos y trabajos en alturas o profundidades extremas.

Prima media de cada clase

A cada clase corresponde una prima media que sirve como punto de partida para la determinacion de la prima individual de cada empresa. Las primas medias se establecen en el articulo 73 de la Ley del Seguro Social.

Importancia de la clasificacion

La clasificacion correcta de la empresa es fundamental, pues determina la prima media a partir de la cual se calculara la prima definitiva del seguro de riesgos de trabajo. Una clasificacion erronea puede resultar en el pago indebido de cuotas o en diferencias a cargo del patron.

Obligacion del patron

El patron debe declarar su actividad economica al momento de su registro ante el Instituto y cada vez que la modifique. El IMSS podra verificar y, en su caso, rectificar la clasificacion de la empresa cuando considere que no corresponde a la actividad realmente desempenada.

Última reforma aplicable: 15 de julio de 2005

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La clasificacion en las cinco clases de riesgo es la base del sistema de primas del seguro de riesgos de trabajo. Es comun encontrar empresas mal clasificadas, ya sea porque la actividad declarada no corresponde a la realmente desempenada o porque se ha modificado el giro sin notificar al IMSS. Recomendamos revisar periodicamente que la clasificacion corresponda a la actividad preponderante, pues una clasificacion incorrecta genera diferencias en cuotas que el Instituto puede cobrar con actualizacion y recargos hasta por cinco anos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 81 del RLSS?

Establece las cinco clases de riesgo en que se clasifican las empresas para efectos del seguro de riesgos de trabajo, conforme a la actividad economica que desarrollen y la siniestralidad inherente a cada una de ellas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 81 de la Reglamento LSS?

SDV Asesores: La clasificacion en las cinco clases de riesgo es la base del sistema de primas del seguro de riesgos de trabajo. Es comun encontrar empresas mal clasificadas, ya sea porque la actividad declarada no corresponde a la realmente desempenada o porque se ha modificado el giro sin notificar al IMSS. Recomendamos revisar periodicamente que la clasificacion corresponda a la actividad preponderante, pues una clasificacion incorrecta genera diferencias en cuotas que el Instituto puede cobrar con actualizacion y recargos hasta por cinco anos.

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